Viernes 26 de Abril de 2024

LOCALES

23 de junio de 2017

En estas elecciones debuta la “Ley de paridad”

La norma fue sancionada, promulgada durante el 2016 y rige para todos los cargos provinciales y municipales, no así para diputados y senadores nacionales, por más que representen a los bonaerenses.

La ley, pese a ser avanzada, es poco clara, coinciden los consultados y su reglamentación tampoco especifica nada.

Textualmente la ley 14848 dispone “una equivalencia del cincuenta por ciento (50%) del sexo femenino y otro cincuenta por ciento (50%) del sexo masculino”.

Explica que “Este porcentaje será aplicable a la totalidad de la lista, la que deberá cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre sexos por binomios (mujer-hombre u hombre-mujer)”.

Desde la Junta Electoral, órgano de aplicación de la norma, aclararon a Radio Olavarría que se toma como criterio de secuencialidad el binomio hombre/mujer o mujer/hombre. 

De todos modos, esto no quita que en una lista puedan aparecer dos personas del mismo género en lugares consecutivos.

Más allá de eso, la norma está vigente y las cuestiones judiciales que puedan aparecer de impugnación, hasta ahora, sería sobre las listas que no la cumplan, proceso que se abre a partir del 1 de Julio, cuando las Juntas Partidarias oficializan los precandidatos.

En las pocas listas que vayan a PASO, el proceso, deberá contemplar que en la lista final se cumpla la paridad, cosa que complejiza el armado porque se ponen en pugna la elección popular, con la norma aprobada.



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