Viernes 26 de Abril de 2024

24 de febrero de 2017

Inscripción Pickelado: asesoramiento para personas con discapacidad

El Municipio se encuentra trabajando para facilitar el acceso al trámite para la inscripción a las viviendas del barrio Pickelado de personas con discapacidad en el marco de la Ley 26.162

Para todas aquellas personas que ya se inscribieron de manera on line o tramitaron en el Municipio y tengan dudas sobre los datos cargados o inquietudes a nivel general, pueden acercarse a Rivadavia N° 2861 para asesorarse sobre el trámite realizado, con el número de usuario y contraseña generados.

En este sentido, el Municipio se encuentra realizando un análisis de cada presentación realizada por los grupos familiares, a fin de resolver cualquier error que surgiera y de esta manera garantizar la participación de todos los vecinos en esta convocatoria.

Asimismo se aconseja acercarse a todas aquellas personas que no tengan actualizado el Certificado de Discapacidad, con fotocopia del certificado o constancia de certificado en trámite y fotocopia del documento nacional de identidad.

Se cita a todas aquellas personas con discapacidad, que hayan iniciado un expediente ante el municipio, solicitando vivienda y que cumpla con los requisitos de la inscripción.

Los requisitos generales de la inscripción que se detallan a continuación:

a) Constituir un grupo familiar.

b) Poseer documento de identidad argentino.

c) No ser propietario/s de bienes inmuebles, como tampoco de otros bienes cuyo valor le permita adquirir una vivienda.

d) No haber sido solicitante/s de un inmueble de carácter social o de asistencia crediticia del Estado.

e) Tener capacidad de pago para afrontar las cuotas de la vivienda (trabajar en relación de dependencia, ser monotributista/autónomo con un año de antigüedad y/o contar con planes sociales).

f) El tope máximo de ingresos de los solicitantes no podrá ser superior a tres salarios mínimos vital y móvil ($ 24.180,00 neto); según Boletín Oficial el M.V y M. a la fecha es de $ 8.060,00.

g) Contar con una antigüedad de residencia de 3 años en el Partido de Olavarría.



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