LOCALES
27 de junio de 2025
El CECO informa que este lunes es fecha límite para el pago del aguinaldo

Se trata de lo estipulado en la ley de contrato de trabajo y abarca a todos los empleados y empleadas de comercio de la República Argentina.
El aguinaldo equivale al 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto en cada semestre. De esta manera, para el cálculo deben tomarse las remuneraciones principales (sueldo básico, presentismo y antigüedad) y si hubiera horas extras, viáticos y comisiones. También, hay que tener en cuenta que el mismo está sujeto a descuentos de aportes y contribuciones.
Si durante el semestre, el empleado o empleada no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato), hay que pagarle el proporcional trabajado.
El aguinaldo fue instaurado en la Argentina por decreto del gobierno de Juan Domingo Perón en 1945, y formalizado en 1946 mediante la Ley 12.921. En aquel entonces, significó un hito en la lucha por la justicia social, y consolidó la idea de que el salario debía permitir no solo la subsistencia del trabajador, sino también su bienestar.
El secretario general Miguel Santellán afirmó: “En este contexto económico atravesado por la inflación y la pérdida del poder adquisitivo, el aguinaldo representa un alivio financiero para los hogares”. En este sentido, agregó: “También fortalece el mercado interno y ayuda a dinamizar las ventas en esta etapa del año”.
El CECO pone a disposición sus líneas de contacto para todos los trabajadores y trabajadoras mercantiles que tengan dudas sobre el cobro del aguinaldo. Para resolver cualquier consulta, pueden comunicarse al 439300 interno 423 o 426 o acercarse a la sede gremial ubicada en C. Suárez 2752, primer piso, de lunes a viernes de 8 a 16.
MR