Viernes 29 de Marzo de 2024

NACIONALES

6 de septiembre de 2016

La Procuradora dictaminó a favor de la suspensión del aumento en la tarifa de luz

Alejandra Gils Carbó consideró que la falta de audiencia pública restringió los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores. Hoy podría definir la Corte Suprema.

El dictamen, publicado en el sitio Fiscales.gob.ar, hizo hincapié en el carácter provisorio de la medida, cuyo plazo se limita a tres meses desde el otorgamiento, y en las presentaciones realizadas por otros actores en la causa y en distintos expedientes referidos al mismo tema.

La medida la había solicitado un grupo de diputados provinciales por medio de una acción de amparo con la que buscaban declarar la nulidad de las resoluciones mencionadas. Luego, el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, el Presidente, Vicepresidente y apoderado del Partido Justicialista de esa provincia y el Presidente del Club Social y Deportivo 12 de Octubre se presentaron como terceros y adhirieron a la demanda.

En relación con este punto, a diferencia de lo formulado por la Cámara platense, Gils Carbó le dio parcialmente la razón al Poder Ejecutivo en cuanto a la legitimación de los actores presentados. El tribunal federal había otorgado alcance colectivo a la medida sobre la legitimación del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires. Pero la titular del MPF, con apoyo en la doctrina formulada por la Corte Suprema, precisó que ese organismo provincial “carece de legitimación […] dado que se trata de una acción cuyo objeto es controvertir actos del Estado Nacional”.



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