Viernes 19 de Abril de 2024

18 de febrero de 2016

Trabajos de mejoramiento en el Corralón Municipal

El Municipio realiza una serie de trabajos generales de refuncionalización en el Corralón Municipal de Bolívar y 25 de Mayo. Los vehículos depositados por infracciones de tránsito, faltas, o abandono fueron trasladados al Corralón ubicado en calle Independencia

También se llevarán a cabo tareas de mejoramiento en el Depósito Judicial con el aporte de fondos municipales. Desde el Área de Legales se está trabajando en la elaboración del proyecto de ordenanza por el cual el Municipio buscará la adhesión a la Ley 14.547 a los efectos de regularizar los bienes registrados que se encuentra en depósito con el fin de remate o compactación.

El Gobierno Municipal realiza distintos trabajos generales de refuncionalización en los corralones municipales teniendo en cuenta el aumento de la gran cantidad de vehículos secuestrados en los controles de tránsito que se desarrollan de manera rutinaria.

Entre las tareas, se está realizando el traslado de automóviles y motociclicletas desde el Corralón de Bolívar y 25 de Mayo al Corralón de calle Independencia, en el barrio Pueblo Nuevo, como así también el mejoramiento de las instalaciones.

Asimismo se trabajará en el Depósito Judicial que en su capacidad se encuentra colmado de vehículos provenientes de los controles de tránsito como de las comisarías locales por distintos motivos.

En el caso de los operativos de tránsito las retenciones se deben a circular sin licencia, sin seguro, sin cédula, sin casco, entre otras infracciones o irregularidades que se detectan habitualmente.

Ley 14.547

En este sentido, desde la Subsecretaría de Asuntos Legales, a cargo del Dr. Diego Robbiani, se está trabajando en la elaboración del proyecto de ordenanza por el cual el Municipio buscará la adhesión a la Ley 14.547 a los efectos de regularizar los bienes registrados que se encuentra en depósito con el fin de remate o compactación.

Desde el Área se indicó que luego el proyecto será enviado al Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento una vez iniciado el período de sesiones ordinarias.

La citada norma se dictó teniendo como objetivo poner fin a la problemática situación que, desde hace tiempo, se produce a raíz de la acumulación en depósitos municipales de vehículos que se encuentran secuestrados o abandonados a causa de infracciones de transito o abandonados en la vía pública.

Bajo el régimen vigente se autoriza a los municipios a: afectar a uso oficial a los vehículos aptos para rodar con codificaciones originales; subastar los vehículos aptos para rodar que el Municipio no esté interesado en su uso y; proceder directamente a la compactación o proceso similar de aquellos vehículos no aptos para rodar.

En el marco de la normativa, se prevé un procedimiento determinado -notificaciones, plazos para presentarse - para vehículos secuestrados a causa de infracciones de tránsito o faltas municipales y otro para vehículos abandonados en estado de deterioro, inmovilidad o abandono que impliquen un peligro para la salud, la seguridad pública o el medio ambiente.

Procedimiento

Para vehículos depositados por infracciones de tránsito municipales

Transcurrido el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde el depósito del vehículo, el Municipio requerirá al Registro Nacional de la Propiedad Automotor información completa sobre la situación registral del mismo.

Asimismo se procederá a intimar fehacientemente a la persona que figure como titular registral del vehículo o a los terceros interesados si los hubiere, para que en el plazo perentorio de quince (15) días corridos se presenten a hacer valer sus derechos.

Para vehículos en estado de deterioro, inmovilidad o abandono

Se labrará acta consignando el estado de la unidad y copia de la misma se pegará en una zona visible del vehículo con intimación para que, en el plazo de diez (10) días corridos, el titular o quien tenga derecho proceda a su retiro. Simultáneamente se requerirá al Registro Nacional de la Propiedad Automotor información sobre la situación registral del vehículo.

Vencido el plazo de la intimación el vehículo será trasladado al depósito municipal y con la información producida por el Registro Nacional se intimará en forma fehaciente a la persona que figure como titular para que en el plazo de quince (15) días corridos retire la unidad, previo pago de las multas, tasas de traslado y guarda o cualquier otra suma adeudada por conceptos similares, bajo apercibimiento de proceder a su compactación.

Si la notificación efectuada en el domicilio del titular resulta negativa, se publicará edictos por un (1) día en el Boletín Oficial y en un diario de jurisdicción del Municipio con los datos de la unidad y los apercibimientos realizados.

Declaración de Abandono

En ambos casos señalados, vencidos los plazos correspondientes se considerará que el vehículo ha sido abandonado.

 



COMPARTIR:

Comentarios