Viernes 29 de Marzo de 2024

LA REGIóN

21 de noviembre de 2013

Azul: se reúne el Concejo Deliberante para analizar los nueve cargos planteados contra el intendente

El Diario El Tiempo, sostiene que desde las 13.30 el cuerpo deberá calificar la gravedad de los hechos que se le imputan a José Manuela Inza, cumplimentando lo dispuesto en el artículo 249º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

De advertir el Legislativo gravedad en alguno de los nueve cargos, el jefe comunal sería momentáneamente suspendido y se convocaría a una nueva sesión especial a desarrollarse el día 5 de diciembre.

Cargos que la CI le imputa al jefe comunal
" Omisión indebida e ilegal al no enviar, en tiempo y forma, específica documentación, previamente requerida. De las propias declaraciones testimoniales prestadas por algunos funcionarios del Departamento Ejecutivo, ha surgido desconocimiento de los mismos acerca de la obligatoriedad de dar publicidad a los actos de gobierno. La conducta omisiva enrostrada al Sr. Intendente fue continua y sostenida por éste durante los casi dos años de mandato, manteniéndose hasta a actualidad, pese a los reiterados y concordantes pedidos del Concejo Deliberante. 
" Omisión indebida e ilegal al no cumplir con la obligación legal de confeccionar el Boletín Oficial Municipal. Ello como resultado de soslayar una precisa indicación del ex Subsecretario Legal y Técnico del municipio.
" Conducta contraria a los principios republicanos y democráticos, al permitir el establecimiento de un indebido e ilegal sistema restrictivo para acceder al conocimiento de los actos de gobierno, consistente en una indebida previa autorización a cargo de la Secretaria de Gobierno.
" Omisión indebida e ilegal que permitió el establecimiento de un sistemático ocultamiento de información de carácter público y, por lógica consecuencia, se vulneró el rol de contralor de este Concejo Deliberante, de la Contaduría General del municipio y del derecho a la información de la ciudadanía en su conjunto.
" Las irregularidades son imputables directamente al Intendente Inza, quien actuó con pleno conocimiento de dichas irregularidades y de la consecuencia de sus actos. Esto queda demostrado con el hecho de que el entonces Subsecretario Legal y Técnico Dr. Emanuel Barrionuevo advirtió tanto al Subsecretario de Comunicación y Prensa Daniel Aníbal Puga como al Secretario General Sergio Cedeño y, por lógica consecuencia, al Intendente que se estaba incumpliendo con la normativa vigente y a pesar de las claras advertencias el Sr. Intendente igual soslayó tal expresa indicación y continuó incumpliendo con la obligación legal de dar publicidad a los actos de gobierno. Esto no fue negado ni rectificado por el Sr. Intendente en su descargo.
" El Intendente minimizó, descontextualizó y aún pretendió justificar el modo en que se desarrollaron los hechos. Proceder este que revela un peligro cierto en que se podrán repetir. Todo esto se ve agravado por el hecho que ha intentado justificar su inconducta, no sólo manifestando una pretendida ajenidad sino además sin realizar el más mínimo esfuerzo para explicar los distintos interrogantes formulados por esta Comisión que finalmente quedaron sin respuesta. Todos estos hechos constituyen un conjunto sistémico, integrado por acciones y omisiones concatenadas que conforman una misma conducta ilegitima y antiética.
" El Intendente no contestó ninguna de las preguntas individualizadas en el Informe Preliminar desde la Nº 1 a la Nº 9. Además, no ha formulado ningún comentario o explicación a la abundante prueba documental agregada al respecto, como así tampoco a las distintas declaraciones testimoniales efectuadas por funcionarios y ex funcionarios de su gabinete.



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