Viernes 29 de Marzo de 2024

LOCALES

4 de septiembre de 2013

El Frente Progresista Cívico y Social de Olavarría presentó un proyecto de resolución sobre la regulación de los espacios destinados al fumador.

Durante estos últimos días, en la ciudad de Olavarría se desató una polémica que involucra al bingo local “Magic Star” que ha instalado en su locación un “Club de Fumadores”. El candidato a primer senador por la séptima sección Franco Cominotto dialogó con Radio Olavarría, explicando el porqué de esta solicitud.

Esta discusión se genera por la controversia que genera la Resolución 1255/13 la cual disiente con la Ley Nacional 26.687 y la Ley Provincial 13.894 modificada por Ley 14.381. Pero por otra parte, en estas ultimas horas dieron a conocer que el Intendente local, José Eseverri, fue quien habría dado  autorización a la casa de juegos permitiendo así la instalación del sector para fumadores violando leyes nacionales y provinciales, y no respetando lo expresado en la Ordenanza municipal Nº 3179 la cual señala la prohibición de fumar en espacios tanto públicos como privados.

Es por esto que el desde bloque de concejales del Frente Progresista Cívico y Social explican que la Ley Nacional 26.687 prohíbe fumar en los espacios cerrados con acceso al público y en el articulo 4º inciso k establece “El club de fumadores deberá ser una organización sin fines de lucro y tener una habilitación especial para funcionar como tal. Su espacio estará destinado exclusivamente a sus socios y no al público en general. Podrán utilizarse para tal fin locales con acceso solo externo, independientes de otros lugares en donde esté prohibido fumar. En dichos lugares no podrán desempeñarse empleados, ni ofrecer ningún tipo de productos o servicios que no sea el de ofrecer un espacio para el consumo de productos de tabaco. Estará prohibido el acceso a menores de DIECIOCHO (18) años.” Por otro lado, la Ley Provincial 13.894 modificada por Ley Provincial 14.381 norma en el mismo sentido.

Además la Ordenanza 3.179 establece en su artículo 1º “todos los espacios cerrados compartidos de acceso público del Partido de Olavarría serán 100 % libre de humo de tabaco, quedando expresa y estrictamente prohibido el consumo de tabaco, en cualquiera de sus formas, en todas las dependencias, tanto públicas como privadas, con inclusión a título enunciativo pero no limitativo, de los siguientes espacios compartidos:”, quedando expreso en el inciso l (ele) “Restaurantes y salas de espera, vestíbulos, sector de despacho de alimentos de hoteles o residenciales, bares y confiterías, confiterías nocturnas y pubs con espectáculos y establecimientos similares, locales de baile y salas de juego.”

Por otra parte, la resolución 1255/13 está destinada al “Bingo Magic” expresando en su articulo 1 una autorización permitiendo a la empresa a que habilite en dicho establecimiento un sector destinado a instalar un club de fumadores el cual habrá de funcionar con pleno ajuste, recaudos y exigencias impuestas por la ley 13894 y su modificatoria 14381 y el decreto 1626/09.

Por lo tanto, se presentó un proyecto de resolución solicitando al Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires realice las acciones necesarias y suficientes para dejar sin efecto la Resolución 1255/13 por encontrarse en disidencia con la Ley Nacional 26.687 y la Ley Provincial 13.894 modificada por Ley 14.381.

Además, se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que haga cumplir en el Partido de Olavarría las leyes nacionales y provinciales, como así también lo normado por Ordenanza 3179 sobre Prohibición de fumar en espacios tanto públicos como privados en el Partido de Olavarría, estableciendo las sanciones acorde a las infracciones detectadas.



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