Jueves 28 de Marzo de 2024

LA PROVINCIA

3 de marzo de 2013

La Cámara de Diputados trabaja en un proyecto para agilizar los trámites de adopción

La posibilidad de agilizar la resolución de los trámites de adopción, con el debido respeto de todas las garantías del proceso y dando prioridad al interés superior del niño, volvió a robustecerse a partir del ingreso en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires de dos proyectos de ley elaborados por el legislador del Frente para la Victoria-Partido Justicialista Marcelo Feliú, y suscripto por sus pares de bancada Horacio González, Juan de Jesús, José Ottavis y Raúl Pérez.

La noticia se conoció pocas horas antes de que se inicie la actividad anual en el parlamento provincial y, según presumen sus autores, será uno de los aspectos más relevantes por abordar en la agenda legislativa bonaerense para este año.

Cabe recordar que, en 2011, la Cámara de Diputados ya había aprobado sendas iniciativas en similar sentido, también impulsadas por Feliú y otros legisladores, que representaba la síntesis de una serie de jornadas de trabajo y actividades desarrolladas en distintos puntos de la provincia con la participación de especialistas, familiares e instituciones involucradas en la cuestión. Sin embargo, la propuesta perdió estado parlamentario con el atendible argumento de que la Presidenta de la Nación había remitido al Congreso Nacional un proyecto de reforma y actualización de Código Civil y Comercial que involucra a la temática.

“En vistas de esta situación corresponde no dejar pasar ni un minuto sin volver a avanzar con esta propuesta, desde la plena certeza de que cada día que se pueda ganar se traduce en chicos que pueden ver reconocido y cumplido su derecho a tener una familia”, explicó el diputado Feliú. Según adelantó el legislador, se trata de proyectos “integradores y complementarios de la iniciativa nacional”.

Entre las características salientes que tiene la ley presentada, se apunta a fijar un plazo seis meses, a contar desde que se toma la primera medida de protección del menor que se encuentra en un estado de vulnerabilidad, y con el resguardo de las debidas garantías del debido proceso para todas las partes involucradas, en donde el juez deba decidir fundadamente si están dadas o no las condiciones de “desamparo moral o material” y así resolver la situación de adoptabilidad del menor cuyos derechos se vean afectados.
 



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